La “Ley Ingrid” fue publicada en la gaceta oficial del gobierno del Estado de México este lunes, por lo que ya entró en vigor. Las reforma modifica el artículo 227 que buscan castigar a quien audiograbe, comparta o reproduzca audiovisuales o documentos de cadáveres o parte de ellos.
El pasado 22 de julio el Congreso del Edomex aprobó penas de 3 a 6 años de cárcel a quien circule y grave cadáveres o parte de ellos. Las penas serán de 9 a 11 años si el delito es contra niñas, adolescentes y mujeres, y si quien comete el delito es una persona servidora pública.
La reforma integra cuatro iniciativas presentadas en diferentes momentos por las diputadas Liliana Gollas Trejo, Beatriz García Villegas, María Lorena Marín Moreno, Araceli Casasola Salazar, Claudia González Cerón y el diputado Omar Ortega Álvarez.
La iniciativa fue presentada por el caso de Ingrid Escamilla, una mujer asesinada por su pareja sentimental el 9 de febrero de 2020. Las imágenes del feminicidio de la joven aparecieron en las portadas de diarios y circularon en redes sociales sin censura, lo que causó indignación y conmoción.
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Los diputados del PRD expusieron en la iniciativa presentada que la circulación y/o divulgación de información constituye una lesión irreparable a la dignidad de las personas y de la memoria de las víctimas. Por ello, es de suma importancia evitar las filtraciones para no caer en la espectacularización de la violencia.


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