A partir del día 25 de noviembre comenzaron 16 días de activismo decretados por la Organización de las Naciones Unidas (ONU) a fin de continuar realizando activismo en contra de la violencia a la mujer, por ello, ahora quiero hablarte de un tema que está en boga y es la violencia a las mujeres por medio de las redes sociales.
Las redes sociales se han convertido en una forma de comunicación rápida e instantánea y un espacio de libre expresión, pero también tienen un lado obscuro, pues existen personas que por medio del anonimato o perfiles falsos, se han dedicado a hacer daño a otras personas.
La organización de la sociedad civil, denominada “Luchadoras”, en conjunto con “Social tic” y la “Asociación para el progreso de las comunicaciones”, realizaron un análisis mediante el cual determinaron las formas de agresión en línea contra las mujeres; entendiendo por violencia en línea como una práctica diversa a través de la vigilancia, control y manipulación de la información en redes sociales que tiene como objetivo dañar a un tercero.
Respecto de la forma en que se interactúa se han detectado diversas maneras de violencia en línea contra las mujeres que son más frecuentes:
1.- El desprestigio; se realiza a través de la descalificación de la trayectoria, la credibilidad o la imagen pública de una persona a través de la exposición de información falsa, manipulada y fuera de contexto.
2.- Abuso sexual; relacionado con la tecnología que en el ejercicio de poder se realiza sobre una persona a partir de la explotación sexual de su imagen o cuerpo en contra de su voluntad, puede implicar la obtención de un beneficio lucrativo o de otro tipo.
3.- Acceso o control autorizado; que implica ataques o restricción de acceso a las cuentas o dispositivos de la persona.
4.- Suplantación o robo de identidad; que es el uso o falsificación de la identidad de una persona sin su consentimiento.
5.- Control y manipulación de la información mediante el robo; la pérdida o modificación de la misma sin consentimiento de quien deba otorgarlo.
6.- Extorsión; que obliga una persona a seguir la voluntad o peticiones de un tercero para poseer algo de valor.
7.- Amenazas; que son contenidos violentos, lascivos o agresivos que manifiestan una intención de daño alguien, o a sus seres queridos o a sus bienes.
8.- Difusión de información personal o íntima; que implica compartir o publicar sin consentimiento alguno la información datos que afecten a una persona.
9.- Acoso; que son conductas de carácter reiterado y que resultan molestas, perturbadoras o intimidantes.
10.- Monitoreo y acecho; que es la vigilancia constante a la vida en línea de una persona.
11.- Expresiones discriminatorias; que es un discurso en contra las mujeres y patrones culturales machistas basados en roles tradicionales.
12.- Omisiones por parte de actores públicos que pueden regular estas acciones y que se caracterizan por la falta de interés, reconocimiento, acción o menosprecio por parte de las autoridades, intermediarios de Internet, instituciones públicas o comunidades que pueden solucionar o sancionar la violencia en línea.
Terminar con la violencia en línea también es una tarea de todos los que somos usuarios, reportemos y repudiemos este tipo de conductas que dañan la vida de las personas.


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