Va Murat Macías por candidatura independiente a la gubernatura del Edomex

Va Murat Macías por candidatura independiente a la gubernatura del Edomex
El Instituto Electoral del Estado de México negó su registro por haber sido candidato a la alcaldía de Naucalpan con Movimiento Ciudadano

El Instituto Electoral del Estado de México (IEEM) tendrá que permitir la incorporación de José Adolfo Murat Macías al proceso electoral 2023 en su calidad de aspirante a una candidatura independiente. Tras el fallo de la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) también deberán otorgarle una extensión del plazo para recabar las firmas de apoyo a su candidatura.

José Murat García, primo del ex gobernador de Oaxaca, Alejandro Murat, realizó su trámite de registro junto con otros 7 ciudadanos interesados en contender por una candidatura independiente a la gubernatura del Estado de México el próximo 4 de junio.

El IEEM rechazó su registro tras señalar que Murat había sido candidato por el partido Movimiento Ciudadano en la elección de 2021 al gobierno municipal de Naucalpan, esto propició que el Consejo General rechazara su postulación a una candidatura independiente, pues los actores políticos que busquen participar por esa vía no deben tener relación con partidos políticos.

Murat Macías llevó hasta la Sala Superior del TEPJF donde los magistrados resolvieron por mayoría de votos revocar el acuerdo de improcedencia del escrito de intención de José Adolfo Murat Macías, para participar como candidato independiente a la gubernatura de la entidad.

La resolución del IEEM

De acuerdo con la resolución, Murat Macías fue candidato externo a alcalde de Naucalpan por Movimiento Ciudadano en la elección del 2021. Por tal razón, el Tribunal local confirmó la improcedencia, por lo que el ciudadano acudió ante la Sala Superior.

A propuesta del magistrado presidente, Reyes Rodríguez Mondragón y con los votos en contra de la magistrada Mónica Aralí Soto Fregoso, así como de los magistrados Indalfer Infante Gonzales y José Luis Vargas Valdez, se determinó que la situación del implicado no debe incluirse en la prohibición; sin dejar de reconocer que se debe garantizar la desvinculación de las candidaturas independientes con los partidos políticos. El caso concreto resulta inaplicable, porque el actor fue postulado mediante una candidatura externa o ajena a Movimiento Ciudadano. De ese modo, no existió una vinculación partidista que afecte su pretensión de ser candidato independiente.

En consecuencia, a través de una correcta interpretación de la norma que contiene la prohibición, revocó el acuerdo de improcedencia. Además, ordenó que se dicten todas las medidas necesarias para que el actor pueda continuar el trámite para buscar su registro como candidato independiente y, en ese sentido, que se le otorgue el mayor tiempo posible para recabar los apoyos de la ciudadanía, para recuperar el tiempo perdido en la secuela de juicios (SUP-JDC-32/2023).