No son números, son madres, padres, hijos: la batalla de las desapariciones forzadas en México

La mayoría de las veces, son las familias quienes buscan a sus desaparecidos: pegan fichas de búsqueda, ofrecen recompensas, buscan en sitios inimaginados

No son números, son madres, padres, hijos: la batalla de las desapariciones forzadas en México

“están en algún sitio / nube o tumba

están en algún sitio / estoy seguro

allá en el sur del alma

es posible que hayan extraviado la brújula

y hoy vaguen preguntando preguntando

dónde carajo queda el buen amor

porque vienen del odio”

Fragmento de “Desaparecidos”, de Mario Benedetti

Por Patricia Ramírez

En México, según cifras actualizadas por la Comisión Nacional de Búsqueda, del 1 de enero de 1962 al 30 de agosto de 2023 hay 111 mil 84 mexicanos desaparecidos y no localizados. Para visualizarlo mejor, esto es poco más de un Estadio Azteca lleno, casi dos veces la Bombonera repleta.

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¿Qué es la desaparición forzada?

Se trata, según el artículo 2 de la Convención contra la Desaparición Forzada de la Organización de las Naciones Unidas (ONU), “el arresto, la detención, el secuestro o cualquier otra forma de privación de libertad que sean obra de agentes del Estado o por personas o grupos de personas que actúan con la autorización, el apoyo o la aquiescencia del Estado, seguida de la negativa a reconocer dicha privación de libertad o del ocultamiento de la suerte o el paradero de la persona desaparecida, sustrayéndola a la protección de la ley”.

Y según el artículo 5 de la misma convención, “la práctica generalizada o sistemática de la desaparición forzada constituye un crimen de lesa humanidad tal como está definido en el derecho internacional aplicable y entraña las consecuencias previstas por el derecho internacional aplicable”.

Historia de la desaparición forzada

Carolina Robledo, en el artículo “Genealogía e historia no resuelta de la desaparición forzada en México” menciona que esta técnica fue reconocida por la ONU en la década de los cincuenta, pero que fue hasta los setentaen el contexto de las dictaduras latinoamericanas— “que la comunidad internacional le otorgó un lugar a este crimen como una violación a los derechos humanos independiente de otras violaciones”, a partir de las desapariciones forzadas ocurridas en Guatemala y Argentina.

En 1978 la Asamblea General de la ONU emitió la resolución 33/173 para llamar a los Estados “a destinar los recursos necesarios para la búsqueda de personas desaparecidas, a la aplicación de la ley y al respeto de los derechos humanos de las personas”.

¿Quién atiende este problema en México?

En México existe la Ley general en materia de desaparición forzada de personas, desaparición cometida por particulares y del sistema nacional de búsqueda de personas, que fue publicada el Diario Oficial de la Federación el 17 de noviembre de 2017.

En su artículo 5, esta ley plantea que las acciones, medidas y procedimientos establecidos en ella son diseñados, implementados y evaluados aplicando los principios de Efectividad y exhaustividad, Debida diligencia, Enfoque diferencial y especializado, Enfoque humanitario, Protección, Norevictimización entre otras características que, según testimonios de familiares de desparecidos, no se cumplen ni se respetan, lo que deja en un estado mayor de indefensión a las víctimas de la desaparición forzada. 

Las deficiencias

El 7 de octubre de 2020, el ejecutivo federal, Alejandro Encinas, subsecretario de Derechos Humanos de la Secretaría de Gobernación, reconoció un problema en cuanto a la capacidad de atención de respuesta de los ministerios públicos de las fiscalías de los estados en la atención al problema de desaparición de personas:

Hay fiscalías que están actuando con eficacia, pero lamentablemente la mayoría no dan respuesta […] Y quizá el dato más revelador es el hecho de que prácticamente no se integra ninguna carpeta, no se judicializa ninguna carpeta por desaparición forzadas en el país al año, no hay resultados concretos y eso implica impunidad”.

¿Quién busca a los desaparecidos?

Mayoritariamente sus familiares. Son ellos quienes desde el momento de levantar la denuncia de la desaparición cambian su vida para despertar, cada día, buscando un rastro de su ser o de seres queridos.

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La familia pega fichas de búsqueda en negocios, postes y parques; acude a las autoridades, ofrece recompensas, busca en lugares no imaginados, incluso, salen con pico y pala en mano para, debajo de la tierra, hallar un indicio.

De 2006 a diciembre de 2020, 5 mil 579 personas fueron enterradas ilegalmente en fosas clandestinas, 61% de los cuerpos hallado en fosas no han sido identificados. El banco de datos de ADN que la ley señala debe existir no funciona de manera adecuada, además la capacidad de servicios forenses se encuentra rebasada.

El Estado de México

En la entidad mexiquense, hay 11 mil 542 personas desaparecidas y no localizadas, según datos de la Comisión Nacional de Búsqueda.

En diciembre de 2020, en la entidad, las comisiones legislativas avalaron el dictamen de la Ley en Materia de Desaparición Forzada de Personas y Desaparición Cometida por Particulares para el Estado de México que, entre otras cosas, permitía la creación de un fondo de 15 millones de pesos para en el 2020 llevar a cabo acciones de búsqueda inmediata. 

Recientemente, Miriam Yasmín Ramírez, notificadora del Tribunal Superior de Justicia del Estado de México, fue encontrada muerta tras ser desaparecida el 5 de agosto.

Los casos de desapariciones son numerosos y cada uno de ellos tiene consigo las implicaciones de desgaste emocional y económico que las familias emprenden. Hacen falta de mecanismos que no solo encuentren a los ya desaparecidos sino que eviten que sigan sucediendo y, también, la normalización de una situación que no se detiene.