Oculta Metepec gastos de segundo informe de Gamboa pese a petición de transparencia

El gasto realizado en publicidad impresa, pantallas, spots de radio, televisión y redes sociales y el número de espectaculares no se ha dado a conocer

El Ayuntamiento de Metepec negó la información referente al gasto total de la publicidad del segundo informe ciudadano de la alcaldesa con licencia Gabriela Gamboa, pese a una resolución dictada por el pleno del Instituto De Transparencia, Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales del Estado de México y Municipios (Infoem).

En una solicitud realizada el 8 de diciembre del 2020 este medio solicitó los montos destinados a la publicidad del segundo informe de actividades de Gabriela Gamboa, se solicitó la copia de las facturas de la publicidad impresa, publicidad en pantallas, spots en radio y televisión, además del costo y ubicación de los espectaculares.

Cumplido el plazo establecido por la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de México y Municipios el día 26 de enero la unidad de transparencia del municipio respondió con una factura por el concepto de “contratación del servicio integral de logística, transmisión y difusión del segundo informe ciudadano de la presidenta municipal constitucional de Metepec” por 1 millón 738 mil 840, IVA incluido, de la empresa fila 19.

Ante la falta de información del documento entregado por la unidad de transparencia se interpuso un recurso de revisión el mismo 26 de enero el cual fue resuelto el pasado 12 de abril en un pleno del instituto el cual, entre otras cosas, ordenó al sujeto obligado (el municipio de Metepec) a:

“…previa búsqueda exhaustiva y razonable en todas las áreas competentes, otorgue acceso vía el Sistema de Acceso a la Información Mexiquense (SAIMEX), en su caso en versión pública, de lo siguiente:

  • Contrato de la prestación de los servicios integrales de difusión del Segundo Informe Ciudadano de la Presidente Municipal, que incluya la ubicación de los espectaculares

El 28 de abril, finalmente, el municipio entregó una copia del contrato CJM/CPS/O35/2O2O, de fecha de firma veintitrés de noviembre del 2020 en donde se especifica que la cantidad citada anteriormente incluye “espectaculares durante 12 días” sin mencionar la ubicación de estos, el monto destinado a spots de radio y televisión, pantallas, material impreso u otros gastos como el realizado en redes sociales.

De acuerdo al artículo 214 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública el Instituto podrá imponer apercibimientos, amonestaciones y multas por faltas “al servidor público encargado de cumplir con la resolución, o a los miembros de los sindicatos, partidos políticos o a la persona física o jurídico colectiva responsable”, sin embargo, la Contraloría del Poder Legislativo también podría resolver la solicitud.