¿Podría juzgar la Corte Interamericana a Peña Nieto?

Sobre el caso Peña Nieto expresó en 2012, durante una visita a la Universidad Iberoamericana, lo siguiente: “Reitero fue una acción determinada personalmente, que asumo personalmente para restablecer el orden y la paz en el legítimo derecho que tiene el Estado mexicano de hacer uso de la fuerza pública, como además, debo decir, fue validado […]

Sobre el caso Peña Nieto expresó en 2012, durante una visita a la Universidad Iberoamericana, lo siguiente: “Reitero fue una acción determinada personalmente, que asumo personalmente para restablecer el orden y la paz en el legítimo derecho que tiene el Estado mexicano de hacer uso de la fuerza pública, como además, debo decir, fue validado por la Suprema Corte de la nación”.

El entonces Gobernador del Estado de México tuvo responsabilidad en los hechos de violación a derechos humanos, según lo ha expresado la defensa de las 11 mujeres que presentaron su caso por violación a sus garantías en la Corte Interamericana de Derechos Humanos.

Desde la posición de las mujeres víctimas de tortura sexual durante los hechos de Atenco en 2006 y el centro Agustín Prodh, el caso debe juzgarse con la perspectiva de ser una política de Estado, ordenada por los altos mandos del país; pues en México es un continuo histórico ese actuar de las fuerzas del orden, repitiéndose en casos como el de Ayotzinapa y Nochixtlán.

En este sentido, un elemento presentado por la defensa, que vincularía con los hechos a Peña Nieto, es la declaración que hizo el 11 de mayo del 2012 en la Universidad Iberoamericana:

“Voy a responder a este cuestionamiento sobre el tema de Atenco, hechos que ustedes conocieron, que sin duda dejó muy en claro la firme determinación del Gobierno de hacer respetar los derechos de la población del Estado de México, que cuando se vieron afectados por intereses particulares, tomé la decisión de emplear el uso de la fuerza pública para restablecer el orden y la paz. Lamentablemente, hubo incidentes que fueron debidamente sancionados”.

“Reitero fue una acción determinada personalmente, que asumo personalmente para restablecer el orden y la paz en el legítimo derecho que tiene el Estado mexicano de hacer uso de la fuerza pública, como además, debo decir, fue validado por la Suprema Corte de la nación”.

Otro de los aspectos señalados por las denunciantes fue el hecho de que el actual presidente tuviera conocimiento de la violación de derechos humanos el día 3 de mayo y no interviniera para que lo acontecido el 4 de mayo no derivara en las agresiones suscitadas, lo que apuntaría a una presunta omisión por comisión.

Pese a estos elementos, el proceso apunta a que la corte no emitirá una sentencia directa en contra del exgobernador, pues los jueces solicitaron a la defensoría entregar antes del 17 de diciembre los alegatos finales por escrito, en los que se demuestre que desde la cadena de mandos hubo la orden de realizar las acciones violatorias a los derechos humanos; un elemento que será difícil de comprobar de cara a esta sentencia.

Sin embargo, una de las principales demandas de las 11 mujeres denunciantes, es la realización de una investigación realmente profunda, en la que se tomarían en cuenta los anteriores elementos de responsabilidad que atañen al exgobernador, así como de los mandos y servidores públicos; por los que se estarían abriendo líneas de investigación, ordenadas por la corte.