Recomienda la ONU a México

El Comité de la Organización de Naciones Unidas sobre Desapariciones Forzadas publicó sus observaciones finales sobre México, examinadas en su sesión de este día 13 de febrero, donde señaló su preocupación que la falta de información estadística precisa sobre el número de personas sometidas a desaparición forzada, que impide conocer la magnitud del problema; también instó a crear una Fiscalía Especializada en este tipo de desapariciones. Señala que el grave caso de los 43 estudiantes sometidos a desaparición forzada en septiembre de 2014 en el Estado de Guerrero, ilustra los serios desafíos que enfrenta el Estado parte en materia de
febrero 13, 2015

El Comité de la Organización de Naciones Unidas sobre Desapariciones Forzadas publicó sus observaciones finales sobre México, examinadas en su sesión de este día 13 de febrero, donde señaló su preocupación que la falta de información estadística precisa sobre el número de personas sometidas a desaparición forzada, que impide conocer la magnitud del problema; también instó a crear una Fiscalía Especializada en este tipo de desapariciones.

Señala que el grave caso de los 43 estudiantes sometidos a desaparición forzada en septiembre de 2014 en el Estado de Guerrero, ilustra los serios desafíos que enfrenta el Estado parte en materia de prevención, investigación y sanción de las desapariciones forzadas y búsqueda de las personas desaparecidas. También recomendó redoblar en diversos frentes, uno de ellos que al conocerse una desaparición se inicie de oficio la búsqueda de oficio y sin dilaciones.

En los documentos consultados por Alfa Diario, la ONU destaca, en el examen de los informes presentados por el Estado mexicano, entre otros puntos: que en el ámbito federal, entre 2006 y 2013, la Procuraduría General de la República inició un total de 99 averiguaciones previas por el delito de desaparición forzada de personas, en tanto que las Procuradurías Generales de Justicia de las entidades iniciaron un total de 192 averiguaciones previas, en el mismo periodo.

Critica también que las agencias policíacas en colaboración con los medios de comunicación emiten las Alertas AMBER sólo cuando las circunstancias que rodean la desaparición del niño satisfacen los criterios de Alerta AMBER locales o estatales; destacan que si un caso no satisface dichos criterios, se ponen en marcha otros métodos de investigación, como el uso de perros rastreadores, la realización de entrevistas en vecindarios, la obtención de pruebas pertinentes al caso y la verificación de la lista de delincuentes sexuales del estado.

De manera específica, el Organismo expresa que las estadísticas demuestran que el transcurso del tiempo es por sí solo el enemigo de un niño secuestrado, ya que la mayoría de los niños raptados y que luego aparecen asesinados mueren dentro de un plazo de tres horas después del secuestro.

Asimismo, el informe advierte que México reconoció que la creación de la base de datos para la búsqueda de personas desaparecidas, la conformación de los expedientes de búsqueda incorporados a las investigaciones ministeriales y, por ende, la base de datos genéticos, representa un gran reto, pero aún se  trata de una tarea pendiente, sin embargo existe voluntad política para su realización.

También se informa que en el ámbito federal se tiene registro de seis sentencias condenatorias por la comisión del delito de desaparición forzada.

En un comunicado emitido por la Secretaría de Gobernación, México objetó las observaciones emitidas por el Comité, que dijo “no reflejan adecuadamente la información presentada por México ni aportan elementos adicionales que refuercen las acciones y compromisos que se llevan a cabo para solventar los retos mencionados.”

Los documentos completos pueden ser consultado en la siguiente liga:

http://tbinternet.ohchr.org/_layouts/treatybodyexternal/Download.aspx?symbolno=CED%2fC%2fMEX%2f1&Lang=en

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