Reformas a la Ley de la Universidad 

Toluca, México. 6 de septiembre de 2019. Dado el carácter autónomo de la UAEMéx esta institución cuenta con su propio instrumento jurídico en el cual se establecen los ejes de organización, funcionamiento, atribuciones y fines sustantivos de la Universidad. La ley que rige actualmente a la UAEMéx fue aprobada en 1992 por la LI Legislatura del Estado de México. Debido a la lejanía temporal que existe entre la última reforma y las necesidades actuales de la universidad, se han elaborado propuestas de ley cuyo propósito es modernizar el marco jurídico que rige a la Máxima Casa de Estudios de la
abril 6, 2019

Toluca, México. 6 de septiembre de 2019. Dado el carácter autónomo de la UAEMéx esta institución cuenta con su propio instrumento jurídico en el cual se establecen los ejes de organización, funcionamiento, atribuciones y fines sustantivos de la Universidad.

La ley que rige actualmente a la UAEMéx fue aprobada en 1992 por la LI Legislatura del Estado de México. Debido a la lejanía temporal que existe entre la última reforma y las necesidades actuales de la universidad, se han elaborado propuestas de ley cuyo propósito es modernizar el marco jurídico que rige a la Máxima Casa de Estudios de la Universidad. 

En ese sentido, la bancada morenista de la Legislatura del Estado de México presentó una iniciativa que plantea, de entrada, la reforma de los párrafos sexto y noveno del artículo 5 de la Constitución Política local, que en el documento vigente expresa, respectivamente, que 

Con la iniciativa presentada, por un lado, el Estado de México estaría obligado impartir educación superior a  todos los mexiquenses; por otro lado, la UAEMéx tendría “la responsabilidad de transparentar el uso de sus finanzas y recursos, y será fiscalizada anualmente”. 

La Ley de la Universidad también estaría sujeta a modificaciones. Una de las que más ha causado revuelo entre los órganos universitarios es la serie de cambios planteados para el capítulo II, referente a los procesos de renovación en el gobierno de la UAEMéx pues la propuesta llevada a la legislación presenta la creación de un Consejo Electoral Universitario, que se encargaría de realizar los procesos de elección de la institución auriverde.

En esa línea, las modificaciones que plantea la iniciativa de reforma especifican que el grado de maestría o doctorado deberán ser otorgados por una institución pública; asimismo su antigüedad como personal de la universidad no podrá ser menor a diez años ininterrumpidos en dicha institución; y, por lo menos, tendrá que haber dos candidatos para el cargo de rector. En la ley vigente, para que alguien pueda acceder al cargo de rector es necesario que reúna este perfil: 

Respecto a la administración y patrimonio universitarios, la iniciativa de reforma a la Ley de la Universidad plantea, en su artículo 42, que será la Legislatura del estado la que nombre y remueva al contralor universitario y al auditor externo. 

Entre los artículos transitorios de la iniciativa de reforma han sobresalido el quinto y el sexto. En el quinto transitorio se plantea que, de aprobarse, el Consejo Universitario convocará a una nueva elección de rector o rectora en un plazo de 30 días naturales, a partir de la entrada en vigor de la ley propuesta. Asimismo, el Consejo "convocará en un plazo improrrogable de 60 días naturales a elección de representantes estudiantes y profesores a sus respectivos órganos de gobierno y ante el Consejo Universitario". 

El sexto transitorio dice que, de aprobarse, por única ocasión “será la legislatura la que nombre a los integrantes del Consejo Electoral Universitario”. 

 

Cabe recordar que en 2018, el Consejo Universitario diseñó una propuesta de ley que, a la fecha, no ha sido llevada a la Legislación. Mientras tanto, la iniciativa morenista ya se encuentra en comisiones y será la Junta de Coordinación Política la que determiné la fecha en que los diputados se reúnan para definir el rumbo de análisis de dicha iniciativa. 

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