Suman mil denuncias por tortura en Edomex

Sin embargo, de estas denuncias solo se ha logrado acreditar la del caso Atenco, por hechos que datan del año 2006

La Fiscalía Especial para la Investigación del Delito de Tortura ya supera las mil carpetas investigación por presuntos hechos de tortura, delito que en el Estado de México se castiga con penas que van de los tres años hasta la prisión vitalicia, tanto a servidores públicos como a particulares.

Sin embargo, hasta el momento no se ha logrado acreditar ningún delito, fuera del caso Atenco y esto solo se logró gracias a la petición de una organización de derechos humanos internacional, por hechos que datan del año 2006.

El informe que el fiscal de Justicia, Alejandro Gómez Sánchez, entregó a la Legislatura local establece que al cierre del año pasado lograron determinar 57 denuncias por tortura, con el ejercicio de la acción no penal por no existir pruebas suficientes para acreditar esa conducta delictiva.

Por falta de elementos, hasta el momento decidió mandar otras 108 carpetas al archivo temporal y remitió a otras autoridades 20 casos que no correspondía investigar a esa fiscalía, por no pertenecer a su ámbito de justicia.

Durante el 2019 se dictó auto de formal prisión en contra de 18 ex elementos de la entonces Agencia de Seguridad Estatal por el delito de tortura en agravio de 30 víctimas del caso Atenco, como lo solicitó la Corte Interamericana de Derechos Humanos en noviembre del 2018.

La fiscalía

Esa fiscalía se creó en 2018 por la obligación que impuso a todas las entidades la Ley General para Prevenir, Investigar y Sancionar la Tortura y otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes, con el fin de investigar los casos, imponer medidas precautorias, asegurar bienes e imponer medidas disciplinarias y de apremio a quienes violentan la norma

Cuando se creó esa área, en el Estado de México le turnaron todas las averiguaciones previas y carpetas de investigación que se habían interpuesto hasta ese momento en la entidad, por ese delito, sancionado legalmente desde 1994, a través de una ley estatal que considera responsable de estas conductas tanto a servidores públicos como a particulares.

Las sanciones

La sanciones para quienes se desempeñan en el servicio público e incurren en ese delito contemplan la destitución e inhabilitación para ocupar cargos públicos en los siguientes 20 años, además una multa de 200 a 500 días.

La ley obliga a quien conozca de estos hechos a denunciarlos, pues de no ser así, podría ser sancionado con penas de dos a seis años de prisión, perder el cargo y no volver a ocupar otro puesto similar.

Si se causa la muerte, la pena será de 40 años a prisión vitalicia; si participan dos o más personas la sanción aumenta en una tercera parte; si es cometida en contra de infantes, menores de edad, mujeres, mayores de 70 años, indígenas o personas sin capacidad para comprender el significado del hecho aumenta en una mitad.

Además, los responsables deben cubrir los gastos médicos, psicológicos, psiquiátricos, funerarios, de rehabilitación o cualquiera que requiera la víctima o sus familiares como consecuencia del delito. También el imputado estará obligado a reparar el daño al sujeto pasivo o a sus dependientes económicos cuando pierda la vida, se altere su salud, no pueda trabajar, pierda sus ingresos, tenga daños en su propiedad y se menoscabe su reputación.

Las confesiones o información que hayan sido obtenidas mediante tortura no son admisibles como pruebas, tampoco si no está un defensor o, en su caso, el intérprete del idioma que hable el inculpado.

Aun así, organizaciones defensoras de derechos humanos como el Centro Zeferino Ladrillero y Presunción de Inocencia han señalado que la tortura existe y hay casos en los que se ha utilizado para lograr confesiones.