Confirma TEPJF alianza entre Morena, PT Y NA para elecciones locales

Los elementos aportados por el tricolor resultan inoperantes e insuficientes para invalidar el registro de los convenios de dichas alianzas electorales
abril 1, 2021
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Por mayoría de votos, el pleno de la Sala Toluca del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) confirmó la coalición y las candidaturas comunes de “Juntos Haremos Historia por el Estado de México” entre los partidos Morena, del Trabajo y Nueva Alianza.

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Con esto quedó firme la unión y solo falta que el Consejo General del Instituto Electoral del Estado de México (IEEM) apruebe sus bloques de competitividad el 6 de abril, para que estén en condiciones de definir el género en cada candidatura y solicitar el registro formal entre el 11 y el 24 de este mes.

La única voz discordante en la sesión que se prolongó hasta las primeras horas de este jueves fue la del magistrado Alejandro David Avante Juárez, quien consideró que la distribución o asignación de los triunfos de mayoría relativa en un convenio de coalición debería hacerse en forma proporcional a los votos que cada uno de los partidos políticos aportó a los triunfos de mayoría relativa para evitar distorsiones.

En tanto, la magistrada presidenta Marcela Elena Fernández Domínguez apuntó que la ponencia está en la línea jurisprudencial establecida por parte de la Sala Superior en relación a la posibilidad de que coexistan una coalición y una candidatura común.

En su ponencia, el magistrado Juan Carlos Silva Adaya sostuvo que los argumentos presentados por el PRI y el PAN eran inoperantes e infundados y debía avalarse el acuerdo del Tribunal Electoral local.

Detalló que los elementos aportados por el tricolor resultan inoperantes e insuficientes para invalidar el registro de los convenios de dichas alianzas electorales, pues no existe restricción legal para la coexistencia de ambas figuras, ya que su registro no vulnera el principio de uniformidad del régimen de coaliciones.

A eso se suma que los planteamientos de distorsión al sistema electoral que hace valer el actor parten de argumentos especulativos, los cuales dependen de los resultados electorales que los partidos integrantes de la coalición, así como de la candidatura común aún no obtienen.

En el caso del juicio panista fue atendido como infundado porque no hubo una falta de congruencia, como señaló, ni la resolución acumulada del TEEM generó confusión, pues resultan claras las consideraciones en que se sustentaron.

Se propone desestimar el agravio consistente en la falta de exhaustividad de la responsable por haber desestimado su agravio (…) de la Constitución sobre la base de que dependen de un hecho futuro, esto es, los próximos resultados electorales, ya que como se explica en el proyecto, ello no fue la única razón que el Tribunal Estatal apoyó su determinación” explicó.

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