Dimes y diretes por nombramiento del nuevo contralor de la UAEMex

El contralor Victorino Barrios consideró que la ley es clara; la universidad promovió un nuevo amparo

La decisión de la Universidad Autónoma del Estado de México (UAEMex) de no aceptar el nombramiento del nuevo titular del órgano de control interno, Victorino Barrios, hasta que se clarifiquen sus funciones, ha generado controversia y reproches entre distintos sectores.

Diputados locales de Morena, PT y PRD cuestionaron la decisión del rector Alfredo Barrera de obstaculizar el trabajo del contralor, mientras Barrios advirtió que su cargo no forma parte de la estructura de la Universidad Autónoma del Estado de México y advirtió que al parecer la universidad quiere regirse por el marco normativo anterior.

Por su parte, la expresidenta del Consejo de Participación Ciudadana (CPC) del Sistema Anticorrupción estatal, Palmira Tapia consideró doblemente lamentable la situación en la UAEMex y advirtió que los argumentos del rector no son suficientes para impedir a Barrios Dávalos entrar en funciones, pues sus funciones tienen una base constitucional y legal.

Antecedentes

En 2017, después de que se publicaran las reformas, derivadas del Sistema Anticorrupción en el Estado de México, para que el congreso local nombrara al nuevo titular del órgano de control interno de todos los órganos autónomos, entre ellos el de la máxima casa de estudios, el entonces rector Jorge Olvera promovió un amparo.

El argumento fue que se violentaba la autonomía universitaria, por lo cual el juicio de garantías atacaba los artículos 61 y 130 constitucionales, donde se señala que el nombramiento deben hacerlo las y los legisladores.

Sin embargo, el año pasado los ministros de la Corte, en segunda instancia, determinaron que no se vulnera la autonomía, pues ese cargo es externo. El Constituyente determinó que el nombramiento lo harían los poderes legislativos, justamente para fortalecer a ese órgano de control.


Contralores son externos: SCJ

La Suprema Corte puntualizó, en la resolución del amparo promovido por la UAEMex, que los contralores no pertenecen a la estructura interna de ninguna autoridad específica, pues son «una instancia de coordinación que orbita alrededor de los sujetos obligados, como es el caso de la Universidad Autónoma del Estado de México».

También precisó que la designación del titular de esos órganos y su creación no es facultad de autogobierno de la universidad, pues conforman una estructura externa, parte de una instancia coordinadora de creación constitucional, establecida con una finalidad específica.

Las atribuciones

A través de un comunicado, la UAEMex explicó que promovieron un nuevo amparo para que se clarifiquen las atribuciones y facultades del contralor.
Hasta el momento, el artículo 130 constitucional del Estado de México señala que las faltas administrativas serán investigadas y sustanciadas, entre otros, por los titulares de los órganos de control interno, y eso deriva de las reformas en el ámbito nacional y estatal para dar vida al sistema anticorrupción.

Qué dice el contralor


El contralor Victorino Barrios consideró que la ley es clara pues en la Constitución se precisan sus facultades y no se violenta la autonomía universitaria.

Los ministros, explicó, ya determinaron que su cargo es un ente externo que orbita alrededor de los órganos autónomos, por lo cual no es parte de su estructura.

Consideró que la universidad quiere que se mantenga el anterior marco legal, cuando con las reformas constitucionales, las disposiciones de la Ley universitaria quedan derogadas, pues se trata de una ley secundaria.

Los diputados

En tanto, legisladores locales cuestionaron la decisión del rector y consideraron que podría haber un intento de retrasar el momento en que el contralor asuma funciones; por lo cual estarán atentos al tema.

Tanto Max Correa como Faustino de la Cruz, de Morena, reprocharon que la universidad no acepte al contralor, pese a haber sido nombrado por todos los grupos parlamentarios, y a que deriva de una resolución de la Suprema Corte de Justicia.

«Es evidente que las personas que hoy detentan transitoriamente la representación de la máxima casa de estudios del Estado de México, pretenden mantener ocultos los actos de corrupción realizados antes y durante la llamada Estafa Maestra, y el no pago de cuotas del ISSEMYM.»

«Pretenden encubrir sus fechorías con el manto de la autonomía universitaria y una estrategia de argucias legales o chicanadas indignas de una institución que debe enseñar el respeto a la ley y no a torcer la ley» señaló Correa.

En tanto, Faustino de la Cruz opinó que la actitud del rector es de prepotencia y podría derivar de que tratan de ganar tiempo para solventar algunas cuestiones; mientras el líder de la bancada del PT, Luis Antonio Guadarrama consideró que no es adecuado que la máxima casa de estudios no permita la labor del contralor.

El coordinador del PRD, Omar Ortega señaló que el rector está obligado a ordenar y a realizar el acto de entrega recepción en la Contraloría y recordó que la llamada Estafa Maestra y las no aportaciones al ISSEMyM son muestra de que no ha existido un manejo adecuado de los recursos.

La Legislatura mexiquense nombró con anterioridad a los titulares de los órganos de control de otros órganos autónomos y está en proceso de designar al del Tribunal de Justicia Administrativa.

Aún cuando anteriormente el rector tenía la facultad de nombrar y remover al contralor universitario, con el aval del Consejo Universitario, con las reformas del 2017 esa disposición quedó derogada, ya que la carta magna es superior a las leyes secundarias.

Expresidenta del Consejo de Participación Ciudadana

Para Palmira Tapia, ex presidenta del Consejo de Participación Ciudadana (CPC) este caso es inédito en el país y la primera señal de alerta se dio en 2017 cuando la universidad promovió un amparo por el que impugnó las reformas a la constitución local le otorgaron la facultad al Congreso de nombrar al titular del órgano interno de control de esa institución.

Recordó que el artículo 61 de la Constitución del Estado de México es una réplica al 74 de la Constitución Federal, en el cual faculta a la Cámara de Diputados para designar a los titulares de esos órganos y la SCJN resolvió en ese amparo que tal medida es idónea para los fines del Sistema Nacional Anticorrupción y del Sistema Estatal Anticorrupción, y en el caso de la universidad, para el adecuado ejercicio de los recursos públicos.

«Además, en su resolución la Corte también determinó que la facultad del OIC para investigar y substanciar faltas administrativas graves en materia de responsabilidades administrativas no violenta el principio de autonomía universitaria».

En una segunda etapa de la historia, cuando el congreso mexiquense ya nombró al contralor de la universidad, explicó que la segunda señal de alarma fue el amparo promovido por la máxima casa de estudios, que desde su punto de vista en nada abona a cambiar la percepción de la opinión pública sobre los manejos financieros en la universidad, y no es acorde a los nuevos tiempos de mayor transparencia y fiscalización.

«Me parece que las funciones del Contralor Victorino Barrios tienen una base constitucional y legal: lo que refiere la propia Constitución del Estado de México y la Ley General de Responsabilidades Administrativas y demás leyes que dieron origen a todo el andamiaje de la reforma anticorrupción».