Las licencias para conducir digitales entraron en vigor el pasado 17 de mayo, en el Estado de México. Tendrán la misma validez que una física, y será la Secretaría de Movilidad la institución responsable de emitirlas.
Según la reforma al Reglamento de Tránsito de la entidad; para poder obtener la versión digital de la licencia de conducir se debe contar previamente con la versión en físico; y solo podrá solicitarse a través de la aplicación electrónica para dispositivos móviles que determine la Secretaría de Movilidad.
La renovación o reposición podrá ser enviada a su domicilio, a través del correo postal o entregarse en el módulo correspondiente en los plazos establecidos.
La vigencia de estas licencias en el caso de vehículos automotores de servicio particular será de cuatro años; en el caso para choferes del servicio público la licencia tendrá una vigencia máxima de dos años.
De acuerdo con el reglamento de tránsito, serán motivos de suspensión de la licencia o permiso hasta por seis los siguientes:
- Si el titular comete en el término de un año, tres infracciones; de las que se sancionen con más de tres veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización.
- En caso de que el titular permita que su licencia, permiso provisional de práctica para conducir vehículos o Certificado Médico-Toxicológico; según corresponda, sea utilizada por otras personas.
- Cuando el titular contraiga una enfermedad o le sobrevenga alguna discapacidad o lesión que lo inhabilite temporalmente para conducir y no acredite contar con certificado médico expedido por institución de salud pública en que se señale que es apto para conducir vehículos automotores.


Síguenos