Se mantiene Fase I de contingencia ambiental en Valle de México

Se mantiene Fase I de contingencia ambiental en Valle de México
Los vehículos de carga local o federal dejan de circular entre las 6:00 y las 10:00 horas

La Comisión Ambiental de la Megalópolis (CAMe) con fundamento en los Programas para Prevenir y Responder a Contingencias Ambientales Atmosféricas en la ZMVM, publicados por la Ciudad de México y el Estado de México, informa que se mantiene la Fase I de contingencia ambiental atmosférica por ozono en la Zona Metropolitana del Valle de México.

Con base en la Información de los modelos meteorológicos, el Sistema de Monitoreo Atmosférico de la Ciudad de México, prevé para el día de mañana condiciones de estabilidad moderada hasta las primeras horas de la tarde, por lo que espera tener Mala calidad del aire por ozono durante la tarde.

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Se recuerda que este miércoles 8 de junio, deberán suspender su circulación en horario de las 5:00 a las 22:00 horas:

  1. Los vehículos de uso particular con holograma de verificación 2.
  2. Aquellos vehículos de uso particular con holograma de verificación tipo 1 cuyo último dígito numérico sea 1, 3, 4, 5, 7 y 9  así como aquellos cuya matrícula esté conformada sólo por letras.
  3. Los vehículos de uso particular con holograma de verificación “0 y 00”, engomado rojo, terminación de placa 3 y 4  .
  4. Las unidades de uso particular que no porten holograma de verificación, como los vehículos antiguos, de demostración o traslado, nuevos, los que tienen pase turístico, placas foráneas o con placas formadas por letras, les aplica la misma restricción que a los vehículos que portan holograma “2”.
  5. Restricción a la circulación del 50% de las unidades de reparto de gas L.P. a tanques estacionarios que no cuenten con válvula de desconexión seca, cuya terminación de matrícula sea NON.
  6. Los vehículos de carga local o federal dejan de circular entre las 6:00 y las 10:00 horas., con excepción de aquellos que se encuentren en el Programa de Autorregulación de la CDMX o EDOMEX.
  7. Los taxis con holograma de verificación “1” o “2” que deban dejar de circular de acuerdo a las disposiciones indicadas en los incisos  a) y b) les aplicará la restricción a la circulación de las 10:00 a las 22:00 horas.