Así opera la Comisión de Búsqueda de Personas del Edomex

Así opera la Comisión de Búsqueda de Personas del Edomex
La Comisión de Búsqueda de Personas del Estado de México fue creada en abril de 2018

La Comisión de Búsqueda de Personas del Edomex determina, ejecuta y da seguimiento a las acciones de búsqueda de personas en el territorio estatal para impulsar los esfuerzos de vinculación, operación, gestión, evaluación y seguimiento de las acciones entre autoridades de los tres órdenes de gobierno que participan en la búsqueda, localización e identificación de personas, de conformidad con las disposiciones jurídicas aplicables.

Antecedentes

El Sistema Nacional de Búsqueda de Personas se estableció mediante la Ley General en Materia de Desaparición Forzada de Personas y del Sistema Nacional de Búsqueda de Personas, publicada en noviembre de 2017. Esta ley creó la Comisión Nacional de Búsqueda y ordenó la creación de Comisiones Locales de Búsqueda en las entidades federativas. Ejemplo de esto es la Comisión de Búsqueda de Personas del Estado de México, creada en abril de 2018. Posteriormente, se publicó un Protocolo Homologado en 2020 y el Reglamento Interior de la Comisión de Búsqueda de Personas en 2021 para regular sus funciones.

El Sistema Nacional de Búsqueda de Personas tiene las siguientes atribuciones:

  • Emitir y ejecutar el Programa Estatal de Búsqueda y sus lineamientos, acorde al Programa Nacional de Búsqueda.
  • Coordinar el Registro Estatal y operar en concordancia con el Registro Nacional.
  • Ejecutar el Programa Nacional de Búsqueda en el Estado de México y coordinarse con autoridades competentes.
  • Solicitar acompañamiento de instituciones policiales y colaboración de instituciones de seguridad pública.
  • Integrar informes sobre avances y resultados en el cumplimiento del Programa Nacional de Búsqueda.
  • Promover la revisión y actualización del Protocolo Homologado de Búsqueda.
  • Establecer mecanismos de coordinación y colaboración con autoridades de distintos niveles de gobierno.
  • Recibir y canalizar información de denuncias o reportes, entre otras atribuciones

La Comisión de Búsqueda del Edomex tiene cuatro direcciones: Dirección General con dos unidades; la Dirección de Análisis y Contexto con tres subdirecciones; la Dirección Especializada de Búsqueda con tres subdirecciones y la Dirección Jurídica y de Igualdad de Género.

Dirección General

Tiene dos unidades: Unidad de Apoyo Administrativo y la Unidad Técnica que la ayudan a planear, coordinar, dirigir, supervisar y evaluar las acciones de búsqueda, localización e identificación de personas en el Edomex, a fin de garantizar el cumplimiento de las disposiciones legales, así como de los planes, programas, registros y mecanismos de coordinación establecidos en las disposiciones jurídicas aplicables.

Algunas de sus funciones son:

  • Vigilar el cumplimiento de medidas en municipios con alerta de la Comisión Nacional.
  • Solicitar intervención del Ministerio Público de la Federación.
  • Establecer políticas, lineamientos y estrategias para la búsqueda de personas.
  • Coordinar reuniones de seguimiento con otras comisiones y autoridades.
  • Convocar a expertos internacionales si es necesario.

Dirección de Análisis y Contexto

Con el apoyo de la Subdirección de Investigación y Análisis, la de Sistematización de la Información y la de Diagnóstico Operativo, coordina, dirige y supervisa el diseño y operación de técnicas de producción, recopilación y procesamiento sistemático de información encaminado a analizar e identificar patrones en la desaparición y localización de personas, sus causas y las circunstancias que las propician, para generar estrategias que orienten acciones de búsqueda, propiciar el desarrollo metodológico de la búsqueda de personas y asociar casos que presenten elementos comunes.

Dirección Especializada de Búsqueda

Supervisa que los mecanismos de búsqueda correspondientes se inicien de inmediato y se agoten totalmente hasta que se determine la suerte o paradero de las personas, de conformidad con las disposiciones jurídicas aplicables. Tiene tres subdirecciones: Despliegue y Localización, Gestión y Vinculación Institucional y la de Evaluación y Seguimiento.

Algunas de sus funciones son:

  • Dirigir, coordinar y supervisar acciones de búsqueda inmediata, individualizada y de familia.
  • Programar y coordinar acciones de búsqueda de campo y colaborar con instituciones de seguridad.
  • Mantener comunicación con gobiernos y fiscalías para mejorar los procesos de búsqueda.
  • Dirigir y supervisar propuestas de búsqueda generadas por otras unidades de la Comisión.
  • Supervisar que se agoten mecanismos de búsqueda hasta la localización de la persona desaparecida.
  • Garantizar el acceso a la información a los familiares.

Subdirección de Despliegue y Localización

Al igual que la anterior, supervisa las acciones de búsqueda que impliquen un despliegue operativo a los puntos o polígonos de búsqueda en los que la información disponible indique que pueda localizarse una persona desaparecida, sus restos mortales o cualquier indicio sobre su suerte, paradero o sus desplazamientos.

Subdirección de Gestión y Vinculación Institucional

También propone las estrategias de vinculación con los sectores público, social y privado que permitan recibir y atender las noticias o reportes de desaparición o de búsqueda de familia en los casos de personas extraviadas, mediante la recopilación de la información necesaria para el inicio de las acciones de búsqueda.

Subdirección de Evaluación y Seguimiento

Supervisa las acciones de búsqueda de personas garantizando que se agoten totalmente hasta que se determine su suerte o paradero, de conformidad con las disposiciones jurídicas aplicables.

Dirección Jurídica y de Igualdad de Género

Representa jurídicamente los intereses de la Comisión de Búsqueda de Personas del Edomex, brinda orientación jurídica a las personas que lo soliciten y a las unidades administrativas del órgano y lleva a cabo la instrumentación de documentos normativos y ordenamientos legales que requieran. Asimismo, instrumenta acciones que aseguren la incorporación de la perspectiva de género en los programas, proyectos, acciones y políticas públicas competencia del órgano.

Funciones:

  • Representar a la Comisión en juicios y procedimientos.
  • Atender asuntos jurídicos de diversos ámbitos.
  • Coadyuvar en la integración de carpetas de investigación y trámite de procesos.
  • Elaborar y revisar proyectos de ordenamientos jurídicos.
  • Brindar apoyo a unidades administrativas mediante asesorías.
  • Gestionar modificaciones normativas y respuestas a solicitudes de información.
  • Notificar a autoridades ministeriales sobre reportes de desaparición y consulados sobre desapariciones o localizaciones de connacionales.
  • Fungir como enlace para atención de Alertas de Violencia de Género y promover la perspectiva de género en la Comisión.
  • Supervisar cumplimiento de políticas de igualdad de género.