Diputados de la Comisión de Procuración y Administración de Justicia del congreso del Estado de México aprobaron derogar el delito de ultrajes a la autoridad que estaba incluido en el artículo 126 y 127 del código penal de la entidad.
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La iniciativa fue presentada por el diputado morenista, Morena, Jorge García Sánchez, la cual consideraba que en dicho artículo no se especificaban de manera clara cuales eran las causales de este delito, por lo que el congresista lo consideraba “letra muerta”.
En el artículo 126 del Código Penal establecía que «se entiende por ultraje toda expresión directa o indirecta o toda acción ejecutada contra algún servidor público, estatal o municipal, o contra instituciones públicas, que pueda implicar ofensa o desprecio”.
Este delito, por ejemplo, era aplicable en casos donde se agredía a policías de cualquier nivel. En esta circunstancia se requería, además, que el ultraje se diera en presencia de personas ajenas a las corporaciones.
Los ultrajes y la libertad de expresión
El acuerdo de los diputados consistió en derogar el capítulo VI y los artículos 126 y 127 del Libro Segundo, Titulo Primero denominado Delitos contra el Estado, Subtítulo Segundo denominado Delitos contra la Administración Pública, del Código Penal del Estado de México, correspondientes al delito de ultrajes.
La propuesta fue respaldada por los diputados de Movimiento Ciudadano, Martín Zepeda Hernández y Juana Bonilla Jaime.
El grupo parlamentario de Morena celebró esta decisión la cual calificó como un triunfo de la libertad de expresión.
¿Cuáles eran las penas por ofender a las autoridades?
De acuerdo al código penal en el Estado de México quien incurría en el delito de ultrajes a la autoridad se hacía merecedor de una pena de seis a dos años de prisión cuando era en contra de una institución pública. Y si se cometía en contra de un servidor público, se imponían de seis meses a un año de prisión y de treinta a cien días multa.
Los antecedentes
La referencia más cercana que se tiene sobre este delito es una jusrisprudencia de la Suprema Corte de Justicia de la Nación que invalidó este delito en el estado de Veracruz en febrero de este año.
Esto después de una recomendación que hizo la Comisión Nacional de Derechos Humanos al gobierno veracruzano por la detención de seis jóvenes presuntamente acusados de este delito.


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