¿Desquicio de fin de sexenio?

A finales del mes de julio de este año (el día 27 para ser precisos) y sin que la prensa local lo registrara o diera a conocer, se publicó en la Gaceta Oficial del Gobierno de Estado de México una Declaratoria del Ejecutivo estatal por medio de la cual se "desafectaba del Servicio Público y […]

A finales del mes de julio de este año (el día 27 para ser precisos) y sin que la prensa local lo registrara o diera a conocer, se publicó en la Gaceta Oficial del Gobierno de Estado de México una Declaratoria del Ejecutivo estatal por medio de la cual se "desafectaba del Servicio Público y se desincorporaba del Área Natural Protegida con la categoría de Parque Estatal, denominado 'Santuario del Agua Sistema Hidrológico Presa Huapango', una superficie de 2,201.67 hectáreas, ubicadas en el Municipio de Jilotepec, Estado de México".

Así es, en uno de sus últimos actos de gobierno, el saliente mandatario estatal ordenaba que más de dos mil hectáreas de dicha Área Natural Protegida, ubicada al norte de la entidad, se dedicaran ahora a "fomentar el desarrollo agrícola y ganadero" y se buscara el aprovechamiento de las zonas urbanas y urbanizables", permitiendo la "apertura de proyectos que mejoren las condiciones actuales del predio o en su caso proyectos que guarden relación con el actual uso de suelo". Esta Declaratoria señalaba estar respaldada en el Estudio Previo que fue elaborado por la Secretaría del Medio Ambiente, a través de la Comisión Estatal de Parques Naturales y de la Fauna, mismo que se publicó  el 26 de junio de 2017 en la misma Gaceta Oficial, permitiendo así que se cumpliera con lo que establece el artículo 2.105 del Código para la Biodiversidad del Estado de México.

Todo parecía en orden, pero a finales del mes de agosto (o sea, poco más de un mes después de emitida la Declaratoria), el portal informativo Animal Político hizo pública la acción a través de una nota titulada: "Antes de irse, Eruviel Ávila le quita 2 mil hectáreas a reserva natural y se las da a ganaderos". Esta información fue replicada -ahora sí- por distintos medios estatales y nacionales. Lo cual de alguna manera "metió presión" y causó el "ruido" suficiente como para que esta semana, el 6 de septiembre, el mismo gobernador en ocaso emitiera un Decreto para abrogar la Declaratoria que él mismo había hecho menos de dos meses antes.

En la Declaratoria para quitarle las dos mil hectáreas al Área Natural Protegida en comento se aseguraba contundentemente que había una "pérdida de las características que originaron su protección"; se detallaba que en esta zona no se podía encontrar "riqueza de especies significativas dentro del terreno", que estaba toda erosionada la tierra, casi sin vegetación, inhabitable para la fauna silvestre, vaya que ya ni siquiera participaba en la recarga de mantos acuíferos, que no brindaba ningún servicio ambiental: era descrita casi como un muladar.

Bueno, pero "algo" pasó en casi 50 días, porque en el Decreto del 6 de septiembre ahora el gobernador dice que "la superficie del área natural protegida, que se propuso desafectar y desincorporar debe ser conservada, restaurada y protegida, teniendo siempre presente el desarrollo sostenible". Es se declara que "para el Ejecutivo a mi cargo la formulación, ejecución y evaluación de la política estatal en materia de conservación ecológica, biodiversidad y protección al medio ambiente para el desarrollo sostenible, constituyen aspectos de la mayor relevancia".

¿Por qué ese golpe de timón? ¿Por qué el cambio de discurso? ¿Por qué la enmienda ipso facto? ¿Por qué exhibirse de esa manera? Será acaso por esa pequeña frase que se agrega al final del Decreto del 6 de septiembre, en donde se dice: "con lo anterior, se da certidumbre y certeza jurídica a los mexiquenses respecto a los actos administrativos, que en sentido estricto, está obligado a realizar y emitir el Ejecutivo del Estado".

Ummm… quizá ocurrió que a los asesores a quienes se encomendó todo este proyecto se "les pasó" que, para emitir una Declaratoria que modifique la extensión del cualquier Área Natural Protegida, el artículo 2.111 del Código para la Biodiversidad del Estado de México establece que se deben seguir "las mismas formalidades" que corresponden a una Declaratoria para proteger un área natural. Eso significa, en pocas palabras, que había una obligación de no sólo encargar a la hija del Secretario General de Gobierno (Anna Sofía Manzúr, en su carácter de Directora de Comisión Estatal de Parques Naturales y de la Fauna) que les entregara un Estudio para justificar la acción y publicarlo, sino que estaban obligados (según el artículo 2.105 del mismo Código) a involucrar en los procedimiento a los gobiernos municipales, a los pueblos y las comunidades indígenas, a grupos y organizaciones de la sociedad civil, universidades, centros de investigación, instituciones, organismos y personas físicas o jurídico colectivas interesadas en el área natural protegida.

Puede ser que no quisieron arriesgarse a que alguien hiciera valer esta disposición y echara para atrás el acto administrativo, con el correspondiente bochorno, además de que la bronca tendría que ser solventada por la administración entrante, que no querría cargar con las responsabilidades. O quizá sólo se trató de un "resbalón" propio del desquiciamiento de fin de sexenio. No los sé.