Toluca, Méx.- El 26 de abril de 2012, la LVII Legislatura del Estado de México aprobó por unanimidad tipificar como parte del delito de trata de personas, los anuncios que promueven servicios sexuales, acordando sancionar hasta con 12 años de prisión tanto a quienes soliciten o contraten anuncios de servicios sexuales en medios de comunicación impresos o electrónicos, como a quienes autoricen su publicación.
A cuatro años y cuatro meses de dicha determinación, de nueva cuenta aparecen anuncios clasificados en los que se ofrecen masajes, que son en realidad servicios sexuales.
El periódico El Sol de Toluca, en su edición del 9 de agosto, presenta varios anuncios que supuestamente ofrecen masajes, pero al marcar a algunos de quienes se anuncian, la oferta que se ofrece es abiertamente sexual, con costos que oscilan entre los 300 y los 500 pesos.
Cabe mencionar que la Ley General para Prevenir, Sancionar y Erradicar los Delitos en Materia de Trata de Personas y para la Protección y Asistencia a las Víctimas de estos Delito,s señala en su fracción XV. Publicidad ilícita lo siguiente: “Para los fines de esta Ley, se considerará ilícita la publicidad que, por cualquier medio, se utilice para propiciar de manera directa o indirecta la comisión de los delitos en materia de trata de personas que se prevén”.


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