Castigarán hasta con 8 años de cárcel «huachicoleo de agua» en el Edomex

Castigarán hasta con 8 años de cárcel "huachicoleo de agua" en el Edomex
La propuesta fue impulsada con la intención de frenar el robo y sustracción de agua potable de la infraestructura hidráulica.

Hasta ocho años de prisión será la sanción por cometer huachicoleo del agua en el Estado de México. La LXI Legislatura del Edomex aprobó reformas al Código Penal, impulsadas por el Grupo Parlamentario de Morena.

La propuesta fue impulsada con la intención de frenar el robo y sustracción de agua potable de la infraestructura hidráulica.

Las penas

Las reformas castigan el robo del vital líquido en la entidad;. A quien distribuya o suministre agua potable a través de pipa u otro medio de almacenamiento; sin contar con el permiso de distribución o la evaluación correspondiente expedidos por la autoridad competente, con la finalidad de obtener un beneficio económico, se le impondrán de dos a seis años de prisión; y de cincuenta a doscientas unidades de medida y actualización. 

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A quien distribuya agua potable a través de pipa, y la extraiga u obtenga de una fuente de abastecimiento diversa a la autorizada; se le impondrá de uno a tres años de prisión y de veinticinco a cien unidades de medida y actualización; y a quien altere, impida o restrinja el flujo de agua, se impondrá de dos a seis años de prisión.

En el caso de que la persona que disponga, supervise, controle, maneje, o por su encargo o comisión, puedan abastecer o facilitar la sustracción de agua potable de la infraestructura hidráulica estatal, sea servidora pública, además de las penas señaladas en el párrafo anterior, se incrementará con una mitad adicional.

En las reformas aprobadas se equipara el delito de sustracción o apropiación de agua potable: el comercializar o explotar agua potable sustraída o apropiada; almacenar, ocultar, poseer o resguardar agua potable sustraída o apropiada para su uso o consumo en cualquier modalidad.

Las penas para sancionar las conductas señaladas, irán de uno hasta ocho años de prisión; y de 100 a 400 unidades de medida y actualización, de acuerdo a la cantidad extraída o almacenada de manera ilegal.

Al propietario, arrendatario, poseedor, detentador de un predio donde exista una toma que sustraiga o se apropie del agua potable de la infraestructura hidráulica, se le impondrá de dos a cuatro años de prisión y de 150 a 300 unidades de medida y actualización.