¿Cómo reclamo una multa de tránsito en Edomex?

¿Cómo reclamo una multa de tránsito en Edomex?
El artículo 128 señala que la queja se debe interponer ante el Tribunal de Justicia Administrativa del Estado de México

En el Estado de México el reglamento de tránsito establece que se pueden apelar las infracciones. Sin embargo, se trata de un procedimiento legal que está determinado por el Código de Procedimientos Administrativos del Estado de México, por lo que puede requerir asesoría.

El artículo 128 señala que la queja se debe interponer ante el Tribunal de Justicia Administrativa del Estado de México que en Toluca se ubica en la calle Ignacio Allende 112, en el centro de la capital.

El mismo Código de Procedimientos Administrativos señala que si la resolución de la queja no es del agrado de la persona que la presenta, también se puede impugnar.

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¿Cómo presentar una queja por una multa de tránsito?

El primer paso del procedimiento para reclamar una multa de tránsito en Edomex es realizar un recurso de inconformidad por escrito. Este deberá presentarse ante la autoridad administrativa competente o ante la propia autoridad que emitió la multa.

Dicho reclamo tendrá que presentarse dentro de los 15 días siguientes a que fue hecha la infracción.

¿Qué requisitos se necesitan para reclamar una multa de tránsito en Edomex?

El escrito de reclamación deberá llevar los siguientes requisitos:

  • Nombre y domicilio de quien reclama
  • Explicación de motivos
  • Fecha de la multa
  • De ser posible, las leyes o normas que se argumente que se violaron
  • Multa emitida

¿En cuánto tiempo se resuelve un reclamo?

La autoridad deberá solucionar el reclamo en un máximo de 30 días siguientes a la fecha de interposición del recurso.

No obstante, se señala que si el escrito de reclamación carece de algún requisito formal o que no se adjuntan los documentos respectivos, la autoridad administrativa podrá deshechar la queja.

“El proceso administrativo comprende al juicio contencioso-administrativo, la acción popular ante las salas regionales del Tribunal, al recurso de revisión y otros trámites ante la sala superior del mismo”, señala el Código de Procedimientos Administrativos.